La ALAI señaló que dicho acceso representa una vulneración a derechos constitucionales y principios internacionales en materia de privacidad y protección de datos personales.

Imagen: Envato
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LaAsociación Latinoamericana de Internet (ALAI) hizo observaciones sobre las reformas en México en materia de búsqueda de personas desaparecidas,entre la que destaca su preocupación sobre el acceso directo e irrestricto a bases de datos de particulares por parte de autoridades gubernamentales.
Al respecto,la ALAIseñaló que dicho acceso representa una vulneración a derechos constitucionales y principios internacionales en materia de privacidad y protección de datos personales.
“Esta disposición presenta serios problemas constitucionales,legales y prácticos,principalmente en relación con la protección de datos personales,el derecho a la privacidad y el debido proceso.
“Exigir acceso directo sin control judicial vulnera los principios de legalidad,necesidad y proporcionalidad establecidos en la Constitución. El artículo 16,segundo párrafo,de la Constitución Mexicana garantiza el derecho a la protección de datos personales. Asimismo,la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares establece que el tratamiento de dichos datos debe ser legítimo,informado y controlado”,manifestó la ALAI en un comunicado.
La Asociación Latinoamericana de Internet agregó que el acceso directo e irrestricto contraviene principios internacionales ampliamente aceptados,como la limitación de la finalidad,la minimización de datos,la transparencia y la rendición de cuentas.
“Cualquier mecanismo que permita el acceso automático o en tiempo real sin autorización judicial resultaría inconstitucional”,añadió la ALAI.
La Asociación propone cambiar la redacción al Artículo 12 Bis: “Para efectos de esta Ley,la Plataforma Única de Identidad será la fuente primaria de consulta permanente y en tiempo real,se interconectará con bases de datos o sistemas de información que permitan realizar búsquedas continuas entre los siguientes registros:[…] V. Como parte de sus labores,la Plataforma podrá solicitar,previa orden requerimiento de autoridad competente,información de cualquier registro,base o sistema de información de particulares que presten servicios financieros,de transporte,salud,telecomunicaciones,educación,paquetería y servicios de entrega,registros patronales y de seguridad social,religiosos”.
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